Trámites
Esta sección da a conocer los diferentes tipos de trámites que deben realizarse para el aprovechamiento del derecho de vía en las autopistas y puentes de cuota y su reglamento.
Trámites empresariales
inscritos en la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER)
que aplican a la Dirección General de Desarrollo Carretero (DGDC).
No. | Homoclave | Nombre trámite | Requisitos |
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1 | SCT-08-001-A | Permisos para el uso y aprovechamiento del derecho de vía y zonas aledañas de las carreteras federales de cuota, así como de puentes de cuota
Modalidad: Accesos |
1. Formato de solicitud 2. Identificación oficial 3. Cédula de Identificación Fiscal 4. Acta constitutiva 5. Poder notarial 6. Identificación Oficial del Representante Legal 7. Documento que acredite la debida posesión del terreno para el que se solicita el permiso 8. Constancia de no afectación 9. Proyecto ejecutivo 10. USB con archivos en formato DWG y PDF |
2 | SCT-08-001-B | Permisos para el uso y aprovechamiento del derecho de vía y zonas aledañas de las carreteras federales de cuota, así como de puentes de cuota
Modalidad: Cruzamientos |
1. Formato de solicitud 2. Identificación oficial 3. Cédula de Identificación Fiscal 4. Acta constitutiva 5. Poder notarial 6. Identificación Oficial del Representante Legal 7. Documento que acredite la debida posesión del terreno para el que se solicita el permiso 8. Constancia de no afectación 9. Proyecto ejecutivo 10. USB con archivos en formato DWG y PDF |
3 | SCT-08-001-C | Permisos para el uso y aprovechamiento del derecho de vía y zonas aledañas de las carreteras federales de cuota, así como de puentes de cuota.
Modalidad: Instalación de anuncios |
1. Formato de solicitud 2. Identificación oficial 3. Cédula de Identificación Fiscal 4. Acta constitutiva 5. Poder notarial 6. Identificación Oficial del Representante Legal 7. Documento que acredite la debida posesión del terreno para el que se solicita el permiso 8. Constancia de no afectación, 9. Proyecto ejecutivo 10. USB con archivos en formato DWG y PDF |
4 | SCT-08-001-D | Permisos para el uso y aprovechamiento del derecho de vía y zonas aledañas de las carreteras federales de cuota, así como de puentes de cuota.
Modalidad: Señales informativas |
1. Formato de solicitud 2. Identificación oficial 3. Cédula de Identificación Fiscal 4. Acta constitutiva 5. Poder notarial 6. Identificación Oficial del Representante Legal 7. Documento que acredite la debida posesión del terreno para el que se solicita el permiso 8. Constancia de no afectación 9. Proyecto ejecutivo 10. USB con archivos en formato DWG y PDF |
5 | SCT-08-001-E | Permisos para el uso y aprovechamiento del derecho de vía y zonas aledañas de las carreteras federales de cuota, así como de puentes de cuota.
Modalidad: Instalaciones marginales |
1. Formato de solicitud 2. Identificación oficial 3. Cédula de Identificación Fiscal 4. Acta constitutiva 5. Poder notarial 6. Identificación Oficial del Representante Legal 7. Documento que acredite la debida posesión del terreno para el que se solicita el permiso 8. Constancia de no afectación 9. Proyecto ejecutivo 10. USB con archivos en formato DWG y PDF |
6 | SCT-08-001-F | Permisos para el uso y aprovechamiento del derecho de vía y zonas aledañas de las carreteras federales de cuota, así como de puentes de cuota.
Modalidad: Obras no contempladas en el proyecto original de la autopista. |
1. Formato de solicitud 2. Identificación oficial 3. Cédula de Identificación Fiscal 4. Acta constitutiva 5. Poder notarial 6. Identificación Oficial del Representante Legal 7. Documento que acredite la debida posesión del terreno para el que se solicita el permiso 8. Constancia de no afectación 9. Proyecto ejecutivo 10. USB con archivos en formato DWG y PDF |
7 | SCT-08-003 | Solicitud de prórroga para la conclusión de la construcción de obras derivadas de los permisos para el aprovechamiento del derecho de vía | Formato debidamente llenado y firmado, comprobante de pago, en caso de cambio de representante legal: Poder notarial e identificación oficial del nuevo representante legal en original |
8 | SCT-08-004 | Solicitud de autorización para la cesión de derechos y obligaciones derivados de permisos de derecho de vía | Formato debidamente llenado y firmado, identificaciones oficiales vigentes, acta constitutiva, cédula de identificación fiscal, de Cedente y Cesionario, documento de cesión ante fedatario público, en caso de cambio de representante legal del Cedente: Poder notarial e identificación oficial del nuevo representante legal en original |
Sección de preguntas frecuentes
PERMISOS (Trámites con homoclave: SCT-08-001-A, B, C, D, E y F)
Pregunta | Respuesta |
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1.- ¿En qué vías de comunicación se aplica el trámite? | En las carreteras y puentes federales de cuota. |
2.- ¿Quién puede presentar una solicitud? | Todos los interesados los cuales pueden ser: Personas físicas, personas morales, Gobiernos Municipales, Gobiernos Estatales, Organismos, Asociaciones Civiles. |
3.- ¿Dónde puedo presentar la solicitud para iniciar el trámite? | De manera presencial: En la Dirección General de los Centros SCT de cada Estado de la República, su ubicación se puede consultar en el directorio de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes cuya liga es la siguiente: http://sct.gob.mx/directorio/ |
4.- ¿Cuáles son los requisitos del trámite? | De acuerdo al tipo de la obra que se quiera realizar, existen seis modalidades y cada una tiene sus requisitos, los cuales están contenidos en cada modalidad. |
5.- ¿Cuál es el tiempo de resolución del trámite? | Conforme a la normatividad establecida, 30 días naturales y de acuerdo a la complejidad de la resolución el plazo será mayor, hasta 45 días naturales. |
6.- ¿Dónde se realiza el pago de derechos del trámite? | Consultando al área de permisos de la Dirección General de Desarrollo Carretero por medio de los correos electrónicos: |
7.- ¿Qué pasa si mi trámite no cumple con los requisitos señalados por la autoridad responsable? | Se emite una resolución negativa. |
PRÓRROGAS PARA CONCLUSIÓN DE OBRAS DERIVADAS DE LOS PERMISOS (Trámite con homoclave: SCT-08-003)
Pregunta | Respuesta |
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1.- ¿Quién debe presentar la solicitud de prórroga? | El permisionario a través de su representante legal, en su caso. |
2.- ¿En qué momento se solicita este trámite? | Cuando el plazo otorgado en el permiso para construir la obra o instalación esté por concluir. |
3.- ¿Qué consecuencia se tiene en caso de no construir la obra o instalación en el plazo autorizado mediante el permiso? | La revocación del permiso y no hay sanción económica. |
4.- ¿Cuáles son los requisitos del trámite? | Solicitud mediante un escrito libre dirigido al Director General de Desarrollo Carretero en el cual se anexarán los requisitos establecidos en la liga arriba señalada. |
5.- ¿En dónde acudo para presentar la solicitud de prórroga? | A la Dirección General de Desarrollo Carretero ubicada en Av. Insurgentes Sur 1089, Piso 10, Ala Oriente, Col. Noche Buena, Ciudad de México, C.P. 03720. |
6.- ¿Qué costo tiene el trámite? | Se deberá realizar la actualización de costos pagando la diferencia en caso de que el pago realizado por el permiso haya sufrido un incremento. |
7.- ¿Qué plazo es el que se otorga de más a través de la prórroga? | Hasta por el mismo plazo otorgado en el permiso y no existe límite de prórrogas. |
8.- ¿Cuál es el tiempo de resolución del trámite? | Conforme a la normatividad establecida, 10 días hábiles. |
CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DE LOS PERMISOS (Trámite con Homoclave: SCT-08-004)
Pregunta | Respuesta |
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1.- ¿En qué momento se solicita este trámite? | Cuando el permisionario ya no desea ser el titular del permiso, siempre que el permiso hubiera estado vigente por un lapso no menor a 3 años, y que la obra o instalación se haya realizado conforme al proyecto autorizado por la SCT. |
2.- ¿Qué consecuencias se tiene en caso de no realizar el trámite ante la Secretaría y hacerlo de manera interna únicamente? | La revocación del permiso con lo cual se perdería su reconocimiento oficial y en su caso el posible nuevo propietario no estaría reconocido ante la SCT. |
3.- ¿Cuáles son los requisitos del trámite? | Solicitud mediante un escrito libre dirigido al Director General de Desarrollo Carretero en el cual se anexarán los requisitos establecidos en la liga arriba señalada. |
4.- ¿En dónde acudo para presentar la solicitud de cesión de derechos? | A la Dirección General de Desarrollo Carretero ubicada en Av. Insurgentes Sur 1089, Piso 10, Ala Oriente, Col. Noche Buena, Ciudad de México, C.P. 03720 |
5.- ¿Qué costo tiene el trámite? | Es gratuito. |
6.- ¿Cuál es el tiempo de resolución del trámite? | Conforme a la normatividad establecida, 60 días naturales. |